En relación a los motivos primero, segundo y cuarto, la recurrente en síntesis denuncia, que
En relación a los motivos primero, segundo y cuarto, la recurrente en síntesis denuncia, que el Tribunal de alzada sobre los agravios planteados en apelación restringida: a) Inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva, al considerar el Juez que la imputada tendría un derecho propietario y que al haber ingresado con violencia a lugar habitado se constituye en allanamiento, sin ser el derecho propietario causal de eximente de responsabilidad, resolución mantenida por el Tribunal de apelación emitiendo su resolución, con escasa fundamentación e ignorando que se dictó una sentencia contradictoria; b) Que la sentencia se basó en hechos inexistentes, sin demostrar mediante prueba el derecho propietario de la imputada, posibilitando el Tribunal Departamental la incorporación de prueba fuera de plazo, pero que no demuestra ningún derecho de propiedad y sosteniendo que ambas partes habrían acreditado el derecho propietario; y, c) Por la fundamentación contradictoria de la sentencia, señalando que no se presentó prueba por la acusada y luego referir que ambas serian propietarias; validando el Tribunal ad quem esta decisión, pero sin asidero legal en su respuesta, al no fundamentar jurídicamente y legalmente la afirmación de propiedad de ambas partes, se convierte solo en una opinión personal. Invocando al efecto, como precedentes los Autos Supremos 660/2014 de 20 de noviembre de 2014, 371/2015 de 12 de junio, 304/2012-RRC de 23 de noviembre, 384 de 26 de septiembre de 2005, 200 de 24 de agosto de 2012 y 277/2008 de 13 de agosto
- Por memorial presentado el 5 de agosto de 2016, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada (fs
- c) Por diligencia de 29 de julio de 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- 2) Aduce también que en apelación restringida denunció que la sentencia se basó en hechos
- 3) Arguye que el Tribunal Departamental revalorizó la prueba en completa transgresión de las normas
- 4) Dice que en apelación restringida denunció la fundamentación contradictoria de la sentencia, ya que
- Finalmente, cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 660/2014 de 20 de noviembre de 2014,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se constata que la recurrente -acusadora particular- cumplió con el
- En relación a los motivos primero, segundo y cuarto, la recurrente en síntesis denuncia, que
- Ahora bien, en los presentes motivos se evidencia que los presuntos defectos denunciados [defectos de
- Respecto al tercer motivo, la recurrente principalmente reclama que el Tribunal de alzada hubiera revalorizado
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
