c) Por diligencia de 21 de septiembre de 2016 (fs
c) Por diligencia de 21 de septiembre de 2016 (fs. 342), fueron notificados los recurrentes con la última Resolución; y, el 26 y 27 del mismo mes y año, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memoriales presentados el 26 y 27 de septiembre de 2016, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
- c) Por diligencia de 21 de septiembre de 2016 (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) También, alegan que la sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en el primer motivo, los
- En cuanto al segundo motivo, en síntesis los recurrentes denuncian que la sentencia se basó
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
