De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Los recurrentes denuncian la errónea aplicación del art. 407 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en relación al delito de Despojo al pretender que fue cometido por ellos cuando son los legítimos propietarios, queriendo ser avasallados con mentiras en base a una minuta falsa, haciendo notar que el despojo surte cuando se priva de la posesión real y corporal del ejercicio de un derecho real; en el caso presente, fueron posesionados en el inmueble por un juez mediante la declaratoria de herederos, estando en posesión durante veinte años quieta y pacíficamente tal como corroboraron sus testigos, sin que el acusador haya estado en posesión, tal como consta por el pago de servicios básicos, pasando el juez por alto el valorar las pruebas de descargo tanto testificales y la inspección ocular. Así, sobre el medio ilícito también hay una errónea aplicación de la norma, ya que no existió violencia, siendo ellos herederos y propietarios y no los que realizaron el despojo, algo que erradamente se confunde; toda vez, que el día de los hechos teniendo a la policía como mediadora se dispuso que se eche llave al inmueble hasta llegar a un acuerdo conciliatorio, lo cual no respetó el acusador; asimismo, señalan que esa noche no estuvieron en el lugar de los hechos. Citan como precedente contradictorio la resolución de la Primera Sala del Alto Tribunal de Justicia de los Estados Mexicanos 15/2005 de 2 de febrero
- Por memoriales presentados el 26 y 27 de septiembre de 2016, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
- c) Por diligencia de 21 de septiembre de 2016 (fs
- De los memoriales de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) También, alegan que la sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados o
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- Con relación al primer requisito respecto al plazo para la interposición del recurso de casación,
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que en el primer motivo, los
- En cuanto al segundo motivo, en síntesis los recurrentes denuncian que la sentencia se basó
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
