I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: el recurso de casación de fs. 508 a 509 vta., interpuesto por Eduardo Duabyakosky Aguirre y Marco Antonio Miguel López en representación de Manoel Carlos Barbosa, contra el Auto de Vista Nº 205/2015 de 05 de agosto cursante de fs. 503 a 506 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso de cumplimiento de Pago seguido por Manoel Carlos Barbosa contra José Antonio Mozza Zambrana, la respuesta de fs. 513 a 516 vta., la concesión de fs. 518; y,
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Onceavo de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital – Santa Cruz, mediante Sentencia Nº 74/2014 de 3 de diciembre, cursante a fs. 471 a 473, declaró: PROBADA la demanda de cumplimiento de pago interpuesta mediante memorial de fs. 186 a 197 vta.; disponiendo en consecuencia que el demandado reconviniente cancele la suma de $us. 20.000.- en el plazo de 15 días de ejecutoriada la Sentencia
- Partes: Manoel Carlos Barbosa. c/ José Antonio Mozza Zambrana
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Por lo que Solicita al Tribunal Supremo de Justicia pronuncie Auto Supremo anulando obrados
- Con relación a la respuesta al recurso de casación la parte demandada señaló
- En caso de que l Tribunal de casación ingrese a considerar el recurso, se debe
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Este Tribunal en el Auto Supremo Nº 78/2014 de 17 de marzo estableció lo siguiente
- Dichas condiciones deberán ser explicadas, además, por el incidentista en su solicitud, señalando, en forma
- Criterio jurisprudencial por su carácter vinculante de la que se encuentra investido, debe ser tomado
- III.2.- De la Motivación y Fundamento
- La Sentencia Constitucional Nº 0577/2012 de 20 de julio de 2012, determinó que la motivación
- III.3.- Del Principio Iura Novit Curia
- Libertad que subsiste aún en la hipótesis de que los litigantes hubieran invocado la aplicabilidad
- El empleo del referido principio supone que el Juez es quien debe conocer el derecho
- Es este mismo entendido este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado a través del Auto
- En virtud del principio iura novit curia el propósito de los procesos es llegar a
- III.4.- De la Congruencia en las Resoluciones
- Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- El recurrente acusa que cuando el Juez A quo emitió la Sentencia de fs
- De lo expuesto y conforme lo desarrollado en la doctrina aplicable, se concluye que si
- Fundamento factico que resulta claro en cuanto a la pretensión y la respuesta que establecen
- Dicho lo anterior, corresponde señalar que de la revisión de la resolución de primera instancia
- Aspecto que obliga a tomar la decisión de anular obrados hasta la Sentencia de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
