En cambio la falta de legitimación propiamente dicha (legitimación ad causam), cuestiona si la parte
En cambio la falta de legitimación propiamente dicha (legitimación ad causam), cuestiona si la parte resulta ser el titular de la relación jurídica sustantiva (el titular del derecho litigado que es el nexo entre el actor y demandado), cuando se cuestiona ese aspecto, el mundo litigante generalmente la impugna por la excepción de “falta de acción y derecho”, cuando dicha invocación es errada, pues el derecho de acción, es entendida como el derecho público subjetivo que tiene toda persona natural o jurídica para acudir al órgano jurisdiccional con el objeto de que se atienda su pretensión, muy al margen de considerar si la pretensión se encuentra amparada por el derecho; en cambio por la falta de derecho, se entiende si la pretensión deducida por el actor (al que se lo reconoce como el titular de la relación jurídica) se encuentra amparado por la legislación. Como se podrá ver ambos institutos resultan ser diferentes ya que en la falta de legitimación propiamente dicha (legitimación ad causam), se cuestiona si el actor es el titular de la relación jurídica sustantiva
- Auto Supremo: 1321/2016
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- La demandada, por memorial de fs
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- En este mismo análisis el art
- Reiterando este criterio entre otros fallos en el Auto Supremo Nº 868/2015 – L de
- En el Auto Supremo Nº 532/2013 de 21 de octubre, se ha señalado lo
- Obviamente que en caso de sucesión procesal sea por causa de muerte o transferencia de
- En el Auto Supremo Nº 583 de 10 de octubre de 2014, este Tribunal ha
- Sobre la legitimación “ad procesum”, empezaremos diciendo que diferentes procesalistas ente ellos Eduardo Couture, señala:
- Carlos Arellano García, en su obra TEORÍA GENERAL DEL PROCESO, Edit, Porrua México 2001 página
- Así diremos que la legitimación en el proceso, se identifica con la falta de personería
- Esto quiere decir que la legitimación en la causa es un elemento esencial de la
- En el Código de Procedimiento Civil, tan solo se encuentra descrita la excepción de falta
- En cambio la falta de legitimación propiamente dicha (legitimación ad causam), cuestiona si la parte
- Para orientar la legitimación ad causam o legitimación propiamente dicha, se tiene los ejemplos siguientes:
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De acuerdo al texto revisado se tiene que el actor postula dos pretensiones, una relativa
- La primera pretensión se encuentra viciada de nulidad, en consideración a la falta de legitimación
- El art
- Por lo que en ambas pretensiones del actor resulta que carece de legitimación activa, esa
- En base a los fundamentos expuestos, corresponde emitir Resolución anulando todo lo obrado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error
- En cumplimiento a lo dispuesto por el art
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
