Indica que, el Auto de Vista vulnera las siguientes disposiciones legales: art
Indica que, el Auto de Vista vulnera las siguientes disposiciones legales: art. 410 de la Constitucion Politica del Estado, arts. 423 y 471 del Reglamento del Código de Seguridad Social, art. 23 del Manual de Prestaciones, DS Nº 26466 de 22 de diciembre de 2001, art. 5 del DS Nº 27066 de 6 de junio de 2003, RM 266 de 25 de mayo de 2005, Ley del Tribunal Consitucional Nº 1836, y art. 8 del DS Nº 23215 en concordancia con los arts. 42 inc.b y 43 de la Ley Nº 1178
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Gustavo Camacho Yañez (fs
- El Auto de Vista citado, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Denuncia que, el SENASIR tiene la potestad de revision de rentas de oficio o a
- Indica que, de acuerdo al art
- Manifiesta que, para considerar la edad de los asegurados se toman los datos de las
- Refiere que, el numeral 4 del segundo considerando de la Sentencia Constitucional Nº 0058 de
- Señala que, el instructivo del SENASIR Nº 175
- Indica que, el Auto de Vista vulnera las siguientes disposiciones legales: art
- Concluyen el recurso, solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo casando el
- De la revision de obrados se evidencia que no cursa respuesta al recurso de casación
- Que, así interpuesto el recurso de casación en el fondo, se evidencia que el mismo
- En cuanto a la denuncia, en sentido de que, el instructivo del SENASIR Nº 175
- Por lo referido, se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso, porque
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
