Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
- CONSIDERANDO I
- Ante el recurso de reclamación del asegurado de fs
- La jurisprudencia pronunciada por el Tribunal Supremo de Justicia, enseña que el Recurso de Casación
- En ese sentido, el DS N° 27543 de 31 de mayo de 2004 y la
- En ese entendido, cuando el art
- Lo contrario significaría, al no reconocer aquellos periodos de trabajo alegados por el trabajador, desconocer
- Bajo tales parámetros, lo razonado por el SENASIR, al establecer la inconsistencia de las cotizaciones,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Se constituye en disidente el Magistrado de la Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.-
