El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus
I.2.2 Motivos de los recursos de casación
El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus argumentos acusando:
La violación del art. 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), señalando que al confirmar la Sentencia dieron su conformidad sobre la parcialización de la autoridad de origen con la parte demandante
El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus argumentos acusando:
La violación del art. 119 de la Constitución Política del Estado (CPE), señalando que al confirmar la Sentencia dieron su conformidad sobre la parcialización de la autoridad de origen con la parte demandante
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente
- Una vez interpuesto el recurso de apelación por el demandado, conforme se aprecia del memorial
- El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus
- La incorrecta aplicación del art
- La indebida aplicación de la Ley N° 321 y DS N° 110, en sentido de
- La violación de los arts
- La falta de aplicación del art
- En consideración de los fundamentos expuestos por el recurrente y del análisis de los antecedentes
- En ese sentido, la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y
- Por consiguiente, corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
