La falta de aplicación del art
La falta de aplicación del art. 197 del Código de Procedimiento Civil (CPC-2013), en razón a que el Juez de origen de oficio sin que pida la parte demandante, estaba en la obligación de remitir la sentencia, dando cumplimiento a ese artículo, al tratarse de Sentencias dictadas en contra del Estado o Entidad Pública
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente
- Una vez interpuesto el recurso de apelación por el demandado, conforme se aprecia del memorial
- El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus
- La incorrecta aplicación del art
- La indebida aplicación de la Ley N° 321 y DS N° 110, en sentido de
- La violación de los arts
- La falta de aplicación del art
- En consideración de los fundamentos expuestos por el recurrente y del análisis de los antecedentes
- En ese sentido, la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y
- Por consiguiente, corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
