VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 449
Sucre, 5 de diciembre de 2016
Expediente: 145/2016-S
Materia : Social
Demandante: Fidel Barba Limpias
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Jorge Isaac Von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente por Jerónimo Pinheiro Lauria y Jacinto Condori Torrez, cursante a fs. 99 a 100; el Auto de Vista N° 14/2016 de 03 de febrero, cursante a fs. 96 a 97, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niño Niña y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso que por pago de Beneficios Sociales sigue Fidel Barba Limpias contra el recurrente; el Auto de 12 de abril de 2016 cursante a fs. 104 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
El Juez de Trabajo y Seguridad Social, pronunció la Sentencia N° 182/15 de 25 de noviembre de 2015, cursante a fs. 82 a 84 de actuados, declarando PROBADA en parte la demanda, disponiendo que la entidad demandada cancelar por los conceptos de Desahucio, Indemnización, Aguinaldo Vacación, Salario devengado y Subsidio de Frontera, un total de Bs.27.955 (Veintisiete mil novecientos cincuenta y cinco 00/100 bolivianos). Sin costas
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 449
Sucre, 5 de diciembre de 2016
Expediente: 145/2016-S
Materia : Social
Demandante: Fidel Barba Limpias
Demandado: Gobierno Autónomo Municipal de Cobija
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Jorge Isaac Von Borries Méndez
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente por Jerónimo Pinheiro Lauria y Jacinto Condori Torrez, cursante a fs. 99 a 100; el Auto de Vista N° 14/2016 de 03 de febrero, cursante a fs. 96 a 97, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niño Niña y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso que por pago de Beneficios Sociales sigue Fidel Barba Limpias contra el recurrente; el Auto de 12 de abril de 2016 cursante a fs. 104 vta., que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
El Juez de Trabajo y Seguridad Social, pronunció la Sentencia N° 182/15 de 25 de noviembre de 2015, cursante a fs. 82 a 84 de actuados, declarando PROBADA en parte la demanda, disponiendo que la entidad demandada cancelar por los conceptos de Desahucio, Indemnización, Aguinaldo Vacación, Salario devengado y Subsidio de Frontera, un total de Bs.27.955 (Veintisiete mil novecientos cincuenta y cinco 00/100 bolivianos). Sin costas
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal de Cobija, representado legalmente
- Una vez interpuesto el recurso de apelación por el demandado, conforme se aprecia del memorial
- El recurrente, Gobierno Autónomo Municipal de Cobija a través de sus representantes legales, inicia sus
- La incorrecta aplicación del art
- La indebida aplicación de la Ley N° 321 y DS N° 110, en sentido de
- La violación de los arts
- La falta de aplicación del art
- En consideración de los fundamentos expuestos por el recurrente y del análisis de los antecedentes
- En ese sentido, la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y
- Por consiguiente, corresponde emitir Resolución en la forma prevista por los arts
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
