Auto Supremo AS/1380/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1380/2016

Fecha: 05-Dic-2016

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4.- Por último se tuviera la excepción de cosa juzgada deducida por Hilda Saavedra Serrano y Bacilia Quispe Solíz Vda. de Condori, quienes no cumplirían la imperiosidad de la norma contenida por el art. 340-2) del C.P.C. el de presentar el testimonio de la sentencia respectiva ejecutoriada. Que Fanny Tufiño en su momento no actuó en nombre también de su hijo y otras argumentaciones, que solo hubiera identidad de objeto parcial, descartando los demás elementos y desvirtuando la excepción de cosa juzgada