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    Auto Supremo AS/1399/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1399/2016

    Fecha: 05-Dic-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Caja Nacional de Salud. c/ SOBOLCOM S.A y otros
    • Distrito: La Paz
    • I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducido el recurso de apelación por la parte demandante y remitido el mismo ante
    • II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Por todo lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • Con carácter primordial es preciso señalar que el entendimiento dado por este Tribunal sobre el
    • Fernando Garrido F
    • Entre el contrato de naturaleza privada y el de naturaleza administrativa existen puntos comunes, pero
    • Rafael Bielsa en su obra “Principios de Derecho Administrativo” define: “Es contrato administrativo el que
    • El citado autor considera que: “(…) en todo contrato administrativo deben concurrir los siguientes elementos
    • Ahora bien, en función al fáctico de la problemática, se hace necesario ahondar más sobre
    • La actividad propia del Estado, en el requerimiento de la sociedad organizada, impulso la observancia
    • De lo descrito, podemos indicar que el Estado o las instituciones públicas que lo componen,
    • Por lo manifestado concluiremos indicando que estamos frente a un contrato administrativo cuando: a) al
    • Es de precisar que el Decreto Supremo Nº 181 prevé en su cuerpo normativo toda
    • Acentuada esta previsión, se debe concluir que los procedimientos preestablecidos en cada una de las
    • III.2.- De la Jurisdicción Coactiva Fiscal
    • El Coactivo Fiscal, es un proceso que la norma establece a favor del Estado, para
    • Así también, la Ley de Administración y Control Gubernamentales, Ley Nº 1178 de 20 de
    • En este marco, el Capítulo VII de la Ley Nº 1178, se ocupa de la
    • En ese marco y si bien la jurisdicción es un poder-deber que tiene el Juez
    • Como se tiene de lo referido, la competencia es el modo o manera como se
    • La competencia tiene como supuesto, el principio de pluralidad de Tribunales dentro de un territorio
    • En ese contexto normativo y siendo que los demandados por su calidad de ex funcionarios
    • Por su parte, los recurrentes manifiestan que el rechazo in límine de la demanda dispuesto
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Demandando además a los ex funcionarios públicos de la Caja Nacional de Salud, Lorgio Rivera
    • En este sentido de forma general podemos referir que conforme señalo el Tribunal de Alzada
    • En este antecedentes, conforme se tiene desarrollado en el punto III
    • Por lo que corresponde puntualizar que el resarcimiento por responsabilidad civil originada en el contrato
    • Dentro de ese contexto, en mérito a la pretensión invocada por la parte recurrente en
    • Con referencia al reclamo referente a que los antecedentes claramente demostrarían que no se constituye
    • Tampoco resulta evidente que los fallos de instancia solo generan la indefensión de la caja
    • Por lo que corresponde a éste Tribunal mantener la determinación anulatoria en razón de competencia,
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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