Auto Supremo AS/1399/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1399/2016

Fecha: 05-Dic-2016

En este sentido de forma general podemos referir que conforme señalo el Tribunal de Alzada

De lo expuesto se infiere que la demanda es relativa al resarcimiento del daño económico ocasionado al Estado que deviene del incumplimiento de contrato por parte de la empresa demandada (SOBOLCOM S.A.) y la responsabilidad de los funcionarios públicos demandados; en tal situación es importante señalar que la pretensión deducida es imputable a la empresa SOBOLCOM S.A y los mencionados ex - funcionarios de la Caja Nacional de Salud, por una supuesta responsabilidad en su conducta como parte contratante y contratada en la ejecución y cumplimiento de dicho contrato.
En este sentido de forma general podemos referir que conforme señalo el Tribunal de Alzada en el Auto de Vista recurrido, en el caso de Autos hay contrato administrativo, toda vez que una de las partes contratantes es un órgano de la administración pública (Caja Nacional de Salud), y el objeto y fin del contrato está orientado a la satisfacción de alguna necesidad o bien común o es de interés general de la comunidad (software para mejorar la atención y el servicio de Salud a los beneficiarios-asegurados)