Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista y se ordene al registrador
Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista y se ordene al registrador de Derechos Reales la inscripción de su inmueble en Derechos Reales
- Partes: Carmen Luz Urdininea de Vargas c/ Derechos Reales de Santa Cruz y la Empresa
- Distrito: Santa Cruz
- El Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Santa
- En merito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, Carmen Luz Urdininea de Vargas, interpuso recurso
- Arguye que si bien resulta evidente que en el presente proceso no trata de demostrar
- Acusa que la Juez A quo no valoró la minuta de transferencia, plano de uso
- Refiriéndose al Auto de Vista, acusa que el fundamento expuesto por el Tribunal Ad quem
- Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista y se ordene al registrador
- ENFE a través de su apoderado legal contesta al recurso de casación señalando que en
- En razón a dichos antecedentes diremos que
- III.1.- No es viable en casación impugnar lo fundamentado en Sentencia
- Corresponde precisar que conforme a una adecuada técnica procesal recursiva dentro de un proceso ordinario,
- Lo expuesto resulta ser un criterio que ya fue asumido de forma categórica en el
- En el caso de Autos, se evidencia que el recurso planteado de fs
- Seguidamente, las recurrentes en el punto II, denominado “casación en el fondo”, señalan que debido
- III.2.- De la valoración de la prueba
- José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que:
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En ese sentido, es preciso señalar que de la revisión de los reclamos inmersos en
- Ahora bien, con relación al reclamo de que el fundamento expuesto por el Tribunal Ad
- Por las razones expuestas, corresponde a este Tribunal emitir Resolución conforme lo establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
