Auto Supremo AS/0023/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2016

Fecha: 16-Feb-2016

El art

El art. 22 de la DUDH, “toda persona como miembro de la sociedad tiene derecho a la seguridad social…”; es decir, que se sustenta el principio de universalidad, cuya protección debe llegar a todos los miembros de la colectividad, principio que rige en Bolivia mediante su reconocimiento bajo el art. 45.II de la CPE