Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en
Sobre el Principio de Convalidación.- Dice Couture, toda nulidad en derecho procesal civil se convalida por el consentimiento, si la parte perjudicada ratifica el acto viciado expresa o tácitamente. El principio de convalidación tiene íntima relación con el de preclusión, que tiene lugar cuando los justiciables no ejercen en forma oportuna o legal los recursos previstos por la ley adjetiva. Si los procesos se sustancian en forma ordenada, así también las partes deben exponer sus reclamaciones en el tiempo y en la forma debida, esto por un fundamental sentido de seguridad jurídica.
Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación presentado por el recurrente ya que el Juez A quo como el Tribunal de Alzada obraron de acuerdo a Ley
Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación presentado por el recurrente ya que el Juez A quo como el Tribunal de Alzada obraron de acuerdo a Ley
- VISTOS: El recurso de NULIDAD de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por Santiago castaño Lobatón en representación de Edson Daniel Aramayo
- Que, la confiabilidad de los ciudadanos en el sistema jurisdiccional se pone de manifiesto cuando
- Señala que, la Sentencia de fs
- Por lo que refiere que existe vulneración al art
- Concluye solicitando a los Magistrados declarar la Nulidad de obrados hasta la admisión de la
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- Por lo expuesto pide se rechace o deniegue el recurso de nulidad con costas
- Analizado el contenido del recurso, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos en
- Verificada la documental en cuestión, se ha determinado que si bien la notificación establece el
- La notificación cumplió con el art
- En concordancia con el art
- Como señala el Dr
- Sobre este aspecto se puede mencionar abundante Jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia y del
- De este último Órgano Jurisdiccional, podemos destacar la SC 1661/2011-R de 21 de octubre
- Por otra parte si bien existió error en cuanto a los datos consignados en la
- Determinación concordante con el art
- III.Constituye confirmación tácita, no haber reclamado la nulidad en la primera oportunidad hábil
- Y lo señalado por el art
- “La nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos”
- Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
