Auto Supremo AS/0024/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0024/2016

Fecha: 16-Feb-2016

Por otra parte si bien existió error en cuanto a los datos consignados en la

Por otra parte si bien existió error en cuanto a los datos consignados en la citación con la demanda, el actuado se convalidó y precluyó la etapa de impugnación superabundantemente, porque el recurrente no interpuso ningún recurso en el momento que debió haber señalado el error. Esperó que la Juez a quo dicté Sentencia para interponer en apelación la nulidad de obrados. Por lo que el Tribunal Ad quem calificó el acto de notificación sic. “indubitablemente como un Lapsus calami” y determinó que operó el Principio de Preclusión, porque el recurrente consintió en el desarrollo del proceso en sus diferentes etapas