En grado de apelación de fs
En grado de apelación de fs. 165 a 167, formulada por la representante de la empresa AGROIMPULSO S.A., y de fs. 170 a 172, presentada por el actor, mediante Auto de Vista Nº 69 de 24 de febrero de 2015, (fs. 188-191), la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Sana Cruz revocó en parte la sentencia de fs. 146 a 150, disponiendo que la empresa demandada cancele al actor por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo, vacación, bono de antigüedad y multa del 30%, la suma de Bs.15.895,25.-, monto que deberá ser efectivo dentro de tercer día de ejecutoriado el indicado auto de vista, bajo alternativa de ley con la actualización dispuesta por el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 de 1 de mayo de 2006
- Auto Supremo Nº 43/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.239/2015
- Distrito: Santa Cruz
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Quinto de Partido del Trabajo y
- En grado de apelación de fs
- Contra el referido auto de vista, el demandante Blass Pedraza Cabrera, interpuso recurso de casación
- Señala que en el auto de vista se violó e interpretó erróneamente y aplicó indebidamente
- Concluye solicitando se case el auto de vista recurrido disponiendo el pago de todos sus
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
- Ahora bien, a efectos de lo anotado precedentemente, es preciso hacer referencia a lo previsto
- Por su parte, el art
- En ese contexto, de la revisión de obrados se desprende que habiendo sido notificadas ambas
- Siendo por tanto, la actuación del juez de primera instancia ilegal, quien inobservó principios constitucionales,
- Debe tenerse en cuenta además que por disposición expresa del art
- Al respecto, el tratadista Hugo Alsina, señala: “El proceso es un conjunto de actos de
- Que, en el marco legal descrito, al haberse evidenciado la violación de normas de orden
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- En cumplimiento del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
