Auto Supremo AS/0043/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2016

Fecha: 04-Feb-2016

Por su parte, el art

Por su parte, el art. 205 del Código Procesal del Trabajo (CPT) dispone: “Notificadas las partes con la sentencia, tienen el término perentorio de cinco días para interponer recursos de apelación fundamentada, del que se correrá traslado que será contestada dentro de igual término, y de tres días tratándose de autos interlocutorios. Vencidos estos términos, los recursos serán rechazados”. (las negrillas son añadidas)