En el recurso de casación en el fondo, la recurrente denuncia
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el recurso de casación en el fondo, la recurrente denuncia:
1.- Aplicación indebida de la Ley.- Que no es evidente que la presente demanda se funde en hechos sobrevinientes o recientes, puesto que en este y en el anterior proceso, el demandado argumentó que está separado de su persona desde hace más de tres años, asimismo el planteamiento de una nueva acción de divorcio en base a hechos nuevos, debe ser posterior a una reconciliación entre esposos, lo que no ocurrió en el caso presente, por la que la aplicación del art. 138 del Código de Familia, para rechazar la excepción perentoria de cosa juzgada, es indebida y falsa
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citado la demandada Estela Lliulli Marconi, responde negando la demanda, opone a su vez, excepción
- Sustanciado el proceso la Juez de Partido Primero de Familia de La Paz, mediante Sentencia
- Contra esa Resolución de primera instancia, la demandada de fs
- En conocimiento de la determinación de segunda instancia, Estela Lliulli Marconi interpuso recurso de casación
- A su vez, se tiene la respuesta por parte del demandante, con los fundamentos expuestos
- En el recurso de casación en el fondo, la recurrente denuncia
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- En cuanto al recurso de casación en la forma plantado en el otrosí primero
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto, corresponde considerar que, el Código de las Familias y del Proceso Familiar
- En este entendido, se tiene que conforme al nuevo Código de las Familias y del
- Siendo evidente que el Tribunal Ad quem, al haber éste concedido el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
