Auto Supremo AS/0055/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0055/2016

Fecha: 01-Feb-2016

Sustanciado el proceso la Juez de Partido Primero de Familia de La Paz, mediante Sentencia


Sustanciado el proceso la Juez de Partido Primero de Familia de La Paz, mediante Sentencia Nº 266/2014 cursante de fs. 297 a 299 y vta., declaró probada la demanda principal de divorcio de fs. 11 a 12 y vta., subsanada a fs. 17, por la causal del art. 131 del Código de Familia, disponiendo la disolución del vínculo conyugal que une a los esposos Enrique Gutiérrez Mamani y Estela Lliulli Marconi, inscrito en la Oficialía Nº 2248, Libro Nº 2-80, Partida Nº 8, folio Nº 44 del Departamento de La Paz, con fecha de Partida 16 de enero de 1982, y en ejecución de Sentencia procederse a la cancelación de la partida matrimonial por ante el Servicio de Registro Cívico Dependiente del Órgano Electoral de Bolivia; asimismo modifica la Resolución Nº 344/13 de medida provisionales con relación a la asistencia del hijo Evelio Gutiérrez Lliulli en la suma de Bs. 500