Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0093/2016-RRC
Fecha: 16-Feb-2016
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
-
Por memorial presentado el 2 de septiembre de 2015, de fs
-
I.1. Antecedentes
-
a) Por Sentencia 02/2013 de 15 de enero, el Tribunal de Sentencia Primero de El
-
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rolando Sandoval Castillo, formuló recurso de apelación restringida
-
I.1.1. Motivos del recurso
-
Del memorial del recurso de casación del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Auto Supremo
-
2) Por otro lado el recurrente denuncia la vulneración del debido proceso y la tutela
-
I.1.2. Petitorio
-
I.2. Admisión del recurso
-
Mediante el Auto Supremo 619/2015-RA de 3 de noviembre, se admitió el recurso de casación
-
II.1. Apelación formulada por el imputado Rolando Sandoval Castillo
-
Mediante recurso de apelación restringida, el imputado denunció: 1) Errónea aplicación de la ley sustantiva,
-
II.2. Memorial “Responde al recurso de apelación restringida”
-
Mediante escrito de fs
-
II.3. Auto de Vista impugnado
-
El recurso fue resuelto mediante el Auto de Vista 34/2015 de 10 de junio, que
-
(…) la sentencia ahora recurrida no cumple con la debida fundamentación, al no haberse realizado
-
(…) la comisión del delito tipificado en el Art
-
(
-
Con los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelación, declara procedente el recurso y dispone la
-
III.1. Consideraciones doctrinales y normativas
-
Sobre la valoración de la prueba, el Tribunal Supremo de Justicia mediante Auto Supremo 251/2012-RRC
-
En consecuencia, se tiene claramente establecido que, el Tribunal de alzada al momento de resolver
-
Debe añadirse que los principios de concentración y de inmediación de la prueba dentro del
-
III.1.2. Requisitos para la interposición de la apelación restringida
-
El art
-
Se citarán concretamente las disposiciones legales que se consideren violadas o erróneamente aplicadas y se
-
Deberá indicarse separadamente cada violación con sus fundamentos. Posteriormente, no podrá invocarse otra violación
-
El recurrente deberá manifestar si fundamentará oralmente su recurso”
-
Sobre esta norma, el Auto Supremo 98/2013-RRC de 15 de abril, expresó: “…esta exigencia se
-
III.1.3. Control de admisibilidad
-
Compete a los Tribunales Departamentales de Justicia en el marco previsto por los arts
-
Incluso después de la corrección efectuada por la parte recurrente, el Tribunal de apelación no
-
En ese ámbito, a los efectos de la valoración del cumplimento de los requisitos de
-
El principio de interpretación más favorable a la admisión del recurso
-
Principio de proporcionalidad
-
III
-
En cuanto a la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales, como elemento del debido
-
En este contexto la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, no se traduce en
-
Asimismo, las autoridades judiciales al emitir sus resoluciones si bien deben fundamentar las mismas dando
-
III.2. Análisis del caso concreto
-
Teniendo en cuenta que el recurrente plantea dos motivos, se ingresa a su análisis y
-
III.2.1. Respecto a la denuncia de revalorización probatoria
-
En ese orden, esta Sala Penal evidencia que el Tribunal de alzada, pese a declarar
-
En este sentido, el razonamiento descrito y emitido por el Auto de Vista impugnado, se
-
El recurrente afirma que el Auto de Vista carece de fundamentación por no haber considerado
-
Al respecto, corresponde señalar que la exigencia de fundamentación y motivación también es atinente al
-
En el presente caso, se advierte que realizada la labor de control de admisibilidad, el
-
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
-
A los efectos de lo previsto por el art
-
En aplicación del art
-
Regístrese, hágase saber y cúmplase
-
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Otros enlaces de interés: