Auto Supremo AS/0102/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2016

Fecha: 04-Feb-2016

De igual manera alega que con la prueba del certificado del haber mensual demostró que


AL SEGUNDO: No, siempre Miguel ha estado solo, en varias ocasiones he podido apreciar esa situación y hace más de dos años tiene nueva relación.” Y de igual manera la declaración de Tomasa Osco Vda. De Nina visible a fs. 74 refiere: “AL PRIMERO: Cuatro años ya es que le he visto solito a mi presentante.”, del contexto de las declaraciones no se evidencia que las mismas sean por referencia, sino al contrario las mismas afirman el hecho de existir una separación por más de dos años, por lo que, no existe error de derecho en la apreciación de estas declaraciones por parte de los de instancia, careciendo de sustento lo esgrimido por la recurrente.

De igual manera alega que con la prueba del certificado del haber mensual demostró que nunca estuvieron separados por más de dos años, debido a que su esposos fue quien le entrego esta documental de forma libre y voluntaria