Comuníquese con la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que por su intermedio
A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 de la Ley N° 1970, se dispone que los Tribunales Departamentales de Justicia del país certifiquen, a través de sus juzgados y Salas Penales, sobre la existencia de algún proceso penal en trámite que se hubiera instaurado contra el ciudadano boliviano JOSE LUIS CRUZ CRUZ, similar certificación deberá solicitarse al Registro Judicial de Antecedentes Penales del Consejo de la Magistratura del Estado Plurinacional de Bolivia.
Comuníquese con la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que por su intermedio y conforme a la solicitud recibida, se haga conocer a la Embajada de la República de la Argentina acreditada en el Estado Plurinacional de Bolivia y por su intermedio al Juzgado de Garantías Nº 8 del Departamento Judicial Lomas de Zamora- Provincia de Buenos Aires, República de Argentina, como país requirente
- AUTO SUPREMO: 34/2016
- FECHA:Sucre, 3 de marzo de 2016
- EXPEDIENTE Nº:04/2016
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Embajada de la República de Argentina contra José Luis Cruz Cruz
- VISTOS EN SALA PLENA: La Nota Verbal R
- CONSIDERANDO II: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
- Asimismo, el hecho imputado al requerido se encuentra previsto en los artículos 45 y 119
- CONSIDERANDO III: Conforme a las normas legales precedentemente citadas, la petición de prisión preventiva con
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido
- Asimismo, a los efectos del debido proceso, el Juez comisionado deberá velar porque el detenido
- Comuníquese con la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que por su intermedio
- Sala Plena
