Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se
Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se dispone se oficie al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para que comisione al Juez de Instrucción en lo Penal de turno de esa capital, expedir mandamiento de detención, con expresa habilitación de días y horas inhábiles, el que podrá ser ejecutado en el ámbito nacional con auxilio de la INTERPOL o cualquier organismo policial
- AUTO SUPREMO: 34/2016
- FECHA:Sucre, 3 de marzo de 2016
- EXPEDIENTE Nº:04/2016
- PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES:A solicitud de la Embajada de la República de Argentina contra José Luis Cruz Cruz
- VISTOS EN SALA PLENA: La Nota Verbal R
- CONSIDERANDO II: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
- Asimismo, el hecho imputado al requerido se encuentra previsto en los artículos 45 y 119
- CONSIDERANDO III: Conforme a las normas legales precedentemente citadas, la petición de prisión preventiva con
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido
- Asimismo, a los efectos del debido proceso, el Juez comisionado deberá velar porque el detenido
- Comuníquese con la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que por su intermedio
- Sala Plena
