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    Auto Supremo AS/0034/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0034/2016

    Fecha: 03-Mar-2016

    Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido


    Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido el sujeto extraditable, deberán informar inmediatamente a este Tribunal, acompañando los antecedentes del caso
    • AUTO SUPREMO: 34/2016
    • FECHA:Sucre, 3 de marzo de 2016
    • EXPEDIENTE Nº:04/2016
    • PROCESO:Detención Preventiva con Fines de Extradición
    • PARTES:A solicitud de la Embajada de la República de Argentina contra José Luis Cruz Cruz
    • VISTOS EN SALA PLENA: La Nota Verbal R
    • CONSIDERANDO II: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
    • Asimismo, el hecho imputado al requerido se encuentra previsto en los artículos 45 y 119
    • CONSIDERANDO III: Conforme a las normas legales precedentemente citadas, la petición de prisión preventiva con
    • POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Para el efecto, al no existir datos precisos acerca de su paradero en Bolivia, se
    • Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas o la del lugar donde sea aprendido
    • Asimismo, a los efectos del debido proceso, el Juez comisionado deberá velar porque el detenido
    • Comuníquese con la represente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, para que por su intermedio
    • Sala Plena

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