Auto Supremo AS/0098/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0098/2016

Fecha: 30-Mar-2016

Que mediante Resolución Nº 1142/2011 de 29 de noviembre el SENAPI otorgó la calidad de

Que mediante Resolución Nº 1142/2011 de 29 de noviembre el SENAPI otorgó la calidad de marca notoria en Bolivia desde el año 2011 a COCA COLA, fundando su decisión en el art. 136 de la Decisión 486, debiendo en el presente caso otorgar una protección especial a la marca notoria, citando al respecto a los arts. 225 y 226, señalando que TCCC viene realizando importantes inversiones para promocionar su producto, por lo que permitir que se registre la marca d contrario supondría que el consumidor pensara que la misma tiene relación con COCA COLA, resultando un aprovechamiento injusto, advirtiéndose que la resolución ahora impugnada no reflejaría una debida protección y que al resolver conceder el registro de un signo se provocó en el consumidor una confusión y asociación entre marcas. Al igual que la dilución de la marca, debiendo considerarse que al ser una marca notoria no puede estar compuesta por términos débiles debiendo protegerla en su integridad y que al excluir el termino COCA de la marca COCA COLA se destruiría el signo, perdiendo así su distintividad, señalando la autoridad erróneamente que las marcas registradas a nombre de TCCC contarían con elementos que las diferencian de la marca solicitada, concluyendo que no existiría riego de confusión, pues el consumidor pensaría que COCAKOLLAbol constituiría otra de las varias marcas derivadas de COCA COLA