Auto Supremo AS/0156/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0156/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

El recurrente invoca el Auto Supremo 109 de 29 de abril de 2010, que fue


El recurrente invoca el Auto Supremo 109 de 29 de abril de 2010, que fue dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación interpuesto dentro de un proceso por el delito de Homicidio, que mereció una Sentencia que dio una calificación distinta a la señalada en la acusación, imponiendo la pena máxima del delito atribuido, tomando como agravante la causal primera del delito de asesinato, en vista de que la víctima era esposa del imputado, inobservando las atenuantes que le favorecían conforme los arts. 37, 38 y 40 del CP, incurriendo en el defecto señalado en el art. 370 inc. 1) y 407 del CPP; ante la denuncia de inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, en cuanto a la imposición de la pena, específicamente a los arts. 37, 38 y 40 del CPP, la resolución fue convalidada por el Tribunal de alzada al declarar improcedente el recurso y confirmar la Sentencia; en este ámbito, el tribunal de casación advirtiendo que la doctrina sobre las normas de punición deben tener equilibrio y la pena debe determinarse dentro de los límites legales conforme lo instituido en el art. 13 del CP, en cuanto a la culpabilidad, dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, con el siguiente razonamiento: “El punto de partida para determinar la pena, es el marco normativo del delito. Luego se tienen que explicar qué aspectos o circunstancias agravan la pena, y cuáles la atenúan. Para el proceso de la determinación de la pena, hay que tomar en cuenta especialmente los hechos precedentes, las circunstancias y las condiciones de vida del imputado. Igualmente las causas que llevaron a la comisión del hecho delictivo y el hecho mismo”