Auto Supremo AS/0205/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

El art


3) Finalmente, acusa que el Auto de Vista confutado viola los principios de congruencia y razonabilidad, argumentando (previa transcripción parte de su recurso de apelación restringida) que en ninguna parte se ha pronunciado sobre los puntos cuestionados, y toda la prueba aportada y que únicamente se limitaron a realizar una simple mención o transcripción sin entrar a realizar un mínimo análisis.

Transcribe como precedente contradictorio, el Auto Supremo 34/2009 de 7 de febrero.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP