El art
3) Finalmente, acusa que el Auto de Vista confutado viola los principios de congruencia y razonabilidad, argumentando (previa transcripción parte de su recurso de apelación restringida) que en ninguna parte se ha pronunciado sobre los puntos cuestionados, y toda la prueba aportada y que únicamente se limitaron a realizar una simple mención o transcripción sin entrar a realizar un mínimo análisis.
Transcribe como precedente contradictorio, el Auto Supremo 34/2009 de 7 de febrero.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Cita como precedentes, los Autos Supremos 91 de 28 de marzo de 2006, 562 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 15 de julio de 2015 (fs
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos, se tiene
- Sobre el segundo motivo, refiere que el Tribunal de alzada en relación a la defectuosa
- Finalmente, respecto al tercer motivo, acusa que el Auto de Vista impugnado habría violado los
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
