Auto Supremo AS/0236/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2016

Fecha: 15-Mar-2016

Deducida la apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la


Deducida la apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 161/2015, revocó en todas sus partes la Sentencia apelada declarando probada parcialmente la demanda de fs. 26-27vta y su ampliación de fs. 101-103 vta., solamente con relación al mejor derecho propietario de Rosa Saavedra Mendoza, e improbada en cuanto a los daños y perjuicios, declarando improbada la demanda reconvencional; señalando que el vendedor del inmueble en cuestión seria Zacarías Mendoza Justiniano, sin embargo la inscripción del derecho propietario del presente proceso, de mayor data o primero en la inscripción es de Rosa Saavedra Mendoza que data de fecha 9 de junio de 1993 y el titulo de los demandados Armando Bejarano Arteaga y Virginia Balderrama de Bejarano seria de fecha 8 de agosto del 2005 por lo que operaria la norma establecida en el art. 1545 del CC; y que el inmueble en cuestión seria exactamente el mismo, lo cual resulta de análisis de las documentales de fs. 406 a 410, el informe de fs. 413, 45, por lo que el mejor derecho propietario estaría debidamente demostrado