Auto Supremo AS/0236/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2016

Fecha: 15-Mar-2016

El instituto jurídico del litisconsorcio se encuentra previsto en el art

El instituto jurídico del litisconsorcio se encuentra previsto en el art. 67 del CPC., que señala: “Varias personas podrán demandar o ser demandadas en el mismo proceso, cuando las acciones fueren conexas por el título, el objeto, o por ambos elementos a la vez”