Por último, es preciso hacer constar que, dentro de los alcances establecidos en el primer
Sin perjuicio de lo relacionado, este máximo Órgano de Justicia ordinaria advierte que el recurrente denuncia, posible concurrencia de defectos absolutos y lesión de derechos y garantías, como son la falta de fundamentación, debido proceso, derecho a la defensa, acceso a la justicia y principio de congruencia; identificando plenamente los hechos que causan agravios como son la falta de fundamentación sobre el control en la subsunción de los hechos al tipo penal acusado y la incorrecta aplicación de la pena; explicando adecuadamente en qué consistió la deficiencia en que incurrió el Tribunal de alzada y el resultado dañoso (traducido en la sentencia condenatoria de ocho años de reclusión), lo que habría provocado la violación de los derechos fundamentales precitados, derivados a su criterio, en la comisión de defectos absolutos.
Por lo expuesto, constando el cumplimiento de los requisitos exigidos para la admisión excepcional del motivo de casación, resulta pertinente declarar la admisibilidad, únicamente con relación a las denuncias sobre la falta de fundamentación en la adecuación de la conducta del imputado en el delito penal por el que se le condena y la imposición de la pena.
Por último, es preciso hacer constar que, dentro de los alcances establecidos en el primer párrafo del art. 416 del CPP, las Sentencias Constitucionales, no constituyen precedentes contradictorios
- Delito: Conducta Antieconómica y otros
- Por memorial presentado el 20 de enero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Andrés Zurita Cruz, interpuso recurso de apelación restringida
- c) El 13 de enero de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como otro agravio denuncia la incompetencia bajo el fundamento de que la maquinaria agrícola
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso en análisis, se establece que el 13 de enero de 2016, fue
- En cuanto al primer motivo de casación, referido a la falta de fundamentación del Auto
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- En cuanto al motivo referido a la falta de fundamentación con relación a la denuncia
- Por último, es preciso hacer constar que, dentro de los alcances establecidos en el primer
- En cuanto al segundo agravio en el que se denuncia la incompetencia del ámbito penal
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
