a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 245/2016-RA
Sucre, 21 de marzo de 2016
Expediente: Tarija 8/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Eyber Bamba Real
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial de 09 de noviembre de 2015, cursante de fs. 505 a 521, Eyber Bamba Real, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 67/2015 de 19 de octubre, de fs. 466 a 450, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, tipificado por el art. 252 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PREOCESO
a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs. 376 a 383), el Tribunal Segundo de Sentencia de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Eyber Bamba Real, autor y culpable del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de 30 años de presidio sin derecho a indulto, con costas a favor del Estado y reparación de daños a favor de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 245/2016-RA
Sucre, 21 de marzo de 2016
Expediente: Tarija 8/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Eyber Bamba Real
Delito: Asesinato
RESULTANDO
Por memorial de 09 de noviembre de 2015, cursante de fs. 505 a 521, Eyber Bamba Real, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 67/2015 de 19 de octubre, de fs. 466 a 450, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Asesinato, tipificado por el art. 252 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES DEL PREOCESO
a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs. 376 a 383), el Tribunal Segundo de Sentencia de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Eyber Bamba Real, autor y culpable del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, imponiéndole la pena privativa de libertad de 30 años de presidio sin derecho a indulto, con costas a favor del Estado y reparación de daños a favor de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia
- a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs
- c) El 30 de octubre de 2015, conforme se desprende de la diligencia de notificación
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae los siguientes motivos
- 2) Argumenta, que en cuanto al segundo motivo de su recurso de apelación restringida, fundado
- 3) Alega, que el Tribunal de alzada había referido de forma evasiva a la denuncia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el primer motivo del recurso de casación, el recurrente a tiempo de denunciar falta
- El Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre, también invocado como precedente en el primer
- En el segundo motivo de casación, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada omitió
- En el mismo motivo, de manera más puntal, el recurrente acusa que el Tribunal de
- Los Autos Supremos 266/2014-RRC de 24 de junio, 528/2014-RRC de 7 de octubre y la
- En el tercer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
