c) El 30 de octubre de 2015, conforme se desprende de la diligencia de notificación
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Eyber Bamba Real, formuló recurso de apelación restringida (fs. 437 a 447), resuelto por Auto de Vista 67/2015 de 19 de octubre, emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declarando sin lugar el recurso de apelación restringida y confirmando la Sentencia impugnada.
c) El 30 de octubre de 2015, conforme se desprende de la diligencia de notificación de fs. 450 de obrados, fue notificado el imputado, con el Auto de Vista hoy impugnado y el 09 de noviembre del mismo año, interpuso recurso de casación, el cual es motivo de autos
- a) Por Sentencia 26/2015 de 22 de abril (fs
- c) El 30 de octubre de 2015, conforme se desprende de la diligencia de notificación
- Del memorial de recurso de casación referido precedentemente, se extrae los siguientes motivos
- 2) Argumenta, que en cuanto al segundo motivo de su recurso de apelación restringida, fundado
- 3) Alega, que el Tribunal de alzada había referido de forma evasiva a la denuncia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el primer motivo del recurso de casación, el recurrente a tiempo de denunciar falta
- El Auto Supremo 248/2013-RRC de 2 de octubre, también invocado como precedente en el primer
- En el segundo motivo de casación, el recurrente denunció que el Tribunal de alzada omitió
- En el mismo motivo, de manera más puntal, el recurrente acusa que el Tribunal de
- Los Autos Supremos 266/2014-RRC de 24 de junio, 528/2014-RRC de 7 de octubre y la
- En el tercer motivo de casación, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el Art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
