Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 258/2016-RA
Sucre, 21 de marzo de 2016
Expediente: Potosí 4/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Genoario Cruz León
Delitos : Estupro y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs. 319 a 326, Agripina Justina León Choque, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 3/2016 de 11 de enero de “2015”, de fs. 300 a 302 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de la recurrente contra Genoario Cruz León, por la presunta comisión de los delitos de Estupro y Violación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 309, 308 y 310 inc. 3) del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 258/2016-RA
Sucre, 21 de marzo de 2016
Expediente: Potosí 4/2016
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Genoario Cruz León
Delitos : Estupro y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs. 319 a 326, Agripina Justina León Choque, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 3/2016 de 11 de enero de “2015”, de fs. 300 a 302 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancias de la recurrente contra Genoario Cruz León, por la presunta comisión de los delitos de Estupro y Violación Agravada, previstos y sancionados por los arts. 309, 308 y 310 inc. 3) del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Genoario Cruz León, formuló recurso de apelación restringida
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Añade que además, el Auto de Vista no pudo determinar si este hecho fue un
- 2)Sostiene que el Tribunal de apelación, contradijo la doctrina legal del Auto Supremo 53/2012 de
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Previo a realizar el análisis de admisibilidad del motivo denunciado, para fines pedagógicos, conviene aclarar
- Una vez realizada la aclaración precedente, corresponde ingresar al análisis de admisibilidad del recurso interpuesto;
- Con referencia al Auto Supremo 249/2007 de 12 de septiembre, también invocado en el presente
- Argumentación de la cual, no se puede extraer cuál es el problema jurídico planteado, y
- Los extremos señalados inviabilizan la admisión del segundo motivo, por incumplimiento de los preceptos contenidos
- En el tercer motivo denuncia la recurrente, que el Auto de Vista señaló la no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
