Auto Supremo AS/0118/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2016

Fecha: 21-Abr-2016

Que el art

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Que el art. 108 de la Constitución Política del Estado, establece: “Son deberes de las bolivianas y los bolivianos: 1.Conocer, cumplir y hacer cumplir la Constitución y las Leyes”, deber inexcusable, en lo referente a toda autoridad judicial, mismo que debe estar siempre plasmado en las decisiones que asuma en cualquier causa que sea de su competencia