Asimismo, corresponde expresar, que los fundamentos que las partes exponen en audiencia de fundamentación complementaria
Asimismo, corresponde expresar, que los fundamentos que las partes exponen en audiencia de fundamentación complementaria conforme lo dispuesto por el art. 412 del CPP, como su nombre indica es únicamente para que la parte recurrente pueda ampliar sus fundamentos, más no para que pueda alegar nuevos motivos de apelación, por lo que el Tribunal de alzada, no puede establecer la existencia de un nuevo motivo fundado en lo argumentado por la parte recurrente en la audiencia de fundamentación complementaria, y en caso de que la parte recurrente alegue nuevos motivos de apelación en dicho acto, debe rechazarlos por extemporáneos
- I.1.Antecedentes
- I.2.Del motivo del recurso de casación
- Los recurrentes, solicitan “mantener subsistente la sentencia”
- I.2. Admisión del recurso
- Por Auto Supremo 675/2015-RA de 27 de noviembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- II.1. De la Sentencia
- El art
- El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
- Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum
- Primero
- En primer lugar, en cuanto a la denuncia de que el imputado en su recurso
- Evidenciándose, que el imputado a tiempo de observar la declaración del testigo Ruperto Alcoba Gutiérrez,
- Sin embargo, tomando en cuenta que la víctima argumentó que el fundamento del Tribunal de
- Así revisada el acta de juicio oral, se tiene que a fs
- Estableciéndose, que el Tribunal de alzada no hizo un correcto control de legalidad de la
- Segundo
- Este Tribunal de casación, conforme los argumentos expuestos en el primer punto del presente acápite,
- De la revisión minuciosa del Auto de Vista impugnado, se establece que el Tribunal de
- El noveno motivo incluido por el Tribunal de alzada, está referido a hechos acontecidos en
- Argumento del Tribunal de alzada que nuevamente incurre en error, conforme a los argumentos expuestos
- Asimismo, corresponde expresar, que los fundamentos que las partes exponen en audiencia de fundamentación complementaria
- En cuanto a este último motivo, al establecerse en el mismo la supuesta existencia de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
