Orlando A
El art. 180.I de la CPE, entre los principios rectores en los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria, establece el debido proceso como principio que garantiza a todo sujeto procesal, tener acceso a un pronunciamiento motivado y fundamentado, sobre todos los motivos alegados en cualquier recurso que la ley prevé.
Orlando A. Rodríguez Ch., en su obra “Casación y Revisión Penal”, refiriéndose a la fundamentación y motivación, refiere: “…constituye un sello de garantía a los usuarios de la administración de justicia, porque con ello se evita la arbitrariedad, el capricho, decisiones contrarias, errores de lógica jurídica, y el actuar irrazonado de los funcionarios judiciales”
- Por memorial presentado el 13 de julio de 2015, cursante de fs
- I.1 Antecedentes
- a) Por Sentencia 12/2015 de 10 de marzo (fs
- Del memorial de casación y el Auto Supremo 087/2016-RA de 10 de febrero, cursante de
- Finalmente, indica que la Resolución judicial esta quebrantado los principios de progresividad de interpretación, del
- Por Auto Supremo 087/2016-RA de 10 de febrero, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- Por Sentencia 12/2015 de 10 de marzo (fs
- II.2. Recurso de apelación restringida
- b) Que la Sentencia se base en errónea aplicación de la norma sustantiva penal y
- 1) Denuncia que la Sentencia incurrió en los defectos previstos por los incs
- 2) Argumenta que la Sentencia incurrió en el defecto previsto por el art
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista de 19
- En el acápite “RESULTANDO”, el Tribunal de alzada hace mención a los fundamentos expuestos por
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Orlando A
- De lo expuesto, podemos concluir señalando que; la fundamentación, consiste en la obligación que tienen
- Al respecto, a fin de establecer si una resolución se halla fundamentada de manera correcta,
- III.3. De los precedentes invocados y análisis del caso concreto
- “La exigencia de motivación es una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- b) Clara: en la resolución, el objeto del pensar jurídico debe estar claramente determinado, de
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- d) Legítima: la legitimidad de la motivación se refiere tanto a la consideración de las
- e) Lógica: finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- De la revisión de antecedentes, se establece que; evidentemente el Tribunal de alzada no resolvió
- En consecuencia, tomando en cuenta que conforme lo dispuesto por el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
