Auto Supremo AS/0285/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De igual manera se extraña que el argumento principal del primer Auto de Vista (dejado


De igual manera se extraña que el argumento principal del primer Auto de Vista (dejado sin efecto), para anular la Sentencia apelada haya sido la defectuosa valoración probatoria y que en virtud a dicho análisis se recurrió en casación denunciando la revalorización probatoria del Tribunal Ad quen, emitiéndose el Auto Supremo 169/2015-RRC, que advirtiendo dicho defecto estableció: “evidenciado que las afirmaciones del Tribunal de alzada son subjetivas y que importan una valoración de la prueba, lógicamente se entiende que dichas conclusiones no encuentran cimiento en el debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación, ya que no explica mínima ni claramente, el por qué llegó a esas afirmaciones y en qué sentido y forma existiría el quebrantamiento de las reglas de la sana crítica…” (la negrilla es nuestra), en este sentido se tiene que fue clara la instrucción dispuesta en casación, es decir, que se explique de qué forma se “quebranto las reglas de la san critica”; sin embargo en el nuevo Auto de vista en lugar de cumplir con lo dispuesto señala, que; “Tribunal Ad quo no explicó de manera razonable porque desecha la hipótesis del Ministerio Público, no consigna el razonamiento por el que se considera que los objetos encontrados en el domicilio del acusado le sean desconocidos”, cambiando el argumento para anular la sentencia, es decir ya no es la defectuosa valoración probatoria sino ahora sería la falta de fundamentación denotando claramente que no se dio cumplimiento a lo dispuesto por Auto Supremo 169/2015-RRC