De lo señalado, realizando una contrastación entre lo demandado y lo resuelto por el Tribunal
De lo señalado, realizando una contrastación entre lo demandado y lo resuelto por el Tribunal de alzada, es posible determinar que no es evidente que haya incurrido en carencia de una debida motivación; al contrario, emitió una Resolución respetuosa de la doctrina legal aplicable como de los derechos fundamentales y/o garantías constitucionales del recurrente, en observancia de los requisitos de logicidad y completitud, habiendo ejercido un control adecuado de la labor del Tribunal de Sentencia, deviniendo el recurso en infundado
- Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 671/2015-RA de 27
- El recurrente denuncia que en su condición de víctima ante la emisión de la Sentencia
- I.1.2.Petitorio
- El recurrente solicita que se le conceda el recurso de casación y previa valoración de
- I.2.Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- c) Finalmente se rescata el testimonio del funcionario policial que se constituyó en el lugar
- d) Dudas que se incrementan más con los testimonios de descargo que ubican a los
- e) Por lo señalado, habiéndose generado en el Tribunal una duda razonable en su favor,
- f) En aplicación de lo preceptuado por el art
- II.2.De la apelación restringida
- Contra la precitada Sentencia, el acusador particular Jacinto Huacota Flores, presentó recurso de apelación restringida;
- b) En la inspección de visu y reconstrucción se estableció que el 4 de diciembre
- c) La prueba de descargo señaló simplemente que los agresores, en esa fecha se encontraban
- d) Lo señalado anteriormente, demuestra que no se realizó una correcta valoración de los elementos
- a) De la lectura del fallo se evidencia que hace mención a la prueba testifical
- b) Asimismo hace mención a la prueba documental de cargo, codificada como MP-4, MP-2, MP-3,
- d) Lo señalado demuestra que la inferior apreció y valoró las pruebas, conforme a las
- III.1.Identificación de los precedentes contradictorios invocados relativos a la debida motivación de los fallos judiciales
- El recurrente invocó como primer precedente contradictorio el Auto Supremo 183 de 6 de febrero
- También invocó el Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2004, que estableció en
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la ‘legalidad’, cumple una
- Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
- Tiene la finalidad de precautelar el juzgamiento adecuado, justo, equitativo, oportuno, efectivo y eficaz de
- En ese orden, por mandato de lo preceptuado por el art
- Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
- Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
- Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
- Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- III.3.Análisis del caso concreto
- Previo a ingresar al caso concreto, para fines pedagógicos, resulta necesario desglosar el motivo objeto
- Con la anterior precisión y analizados los motivos formulados por el recurrente en apelación restringida
- Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Con relación a la prueba consistente en la inspección in visu y reconstrucción, no se
- Con dichos fundamentos, los Vocales afirmaron que la Jueza de Sentencia valoró adecuadamente la prueba,
- De lo señalado, realizando una contrastación entre lo demandado y lo resuelto por el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
