Desarrollado el juicio oral, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
Desarrollado el juicio oral, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dictó la Sentencia 38/2014 de 12 de septiembre, por la que declaró a los imputados Simmer y Freddy Ponciano, ambos Huacota Flores, absueltos de pena y culpa de la comisión del delito de Lesiones Graves y Leves, previsto y sancionado por el art. 271 segundo párrafo del CP; bajo los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
a) De la valoración de las pruebas, se toma en cuenta la documental signada como MP-2, en la cual, el funcionario policial en un breve detalle del hecho denunciado por el acusado, señaló que: “…de pronto al verme pasar uno de los hijos que aparecieron me agarró de mi motocicleta hasta hacerme caer al sueño a patadas y puñetes…”. La MP-3 relativa a una certificación en la cual los funcionarios policiales que entonces prestaban servicios en la localidad de La Joya, informan que Jacinto Huacota formalizó denuncia en contra de Simmer y “Javier” Huacota Flores, este último corregido por el de Freddy Ponciano, sin identificar cuál de ellos fue el que lo golpeó, así en un tercer punto se señala: “…donde el agresor le dijo … de eso empezó la agresión…”, finalmente la MP-7 en la que, el investigador asignado al caso, cabo José Choque Gonzáles: “…informo que el Sr. Jacinto Huacota fue agredido físicamente por el Sr. Gerardo Huacota y sus hijos…”, documentales que se ven fortalecidas por las testimoniales de descargo cuando todas expresan que el acusado Simmer Huacota Flores, el día de los hechos (domingo 4 de diciembre de 2011) se encontraba en esta ciudad jugando un partido de fútbol y en cuanto al coacusado, Freddy Ponciano Huacota Flores, lo propio que trabajaba en un lavadero de autos en esta ciudad
- Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2015, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 671/2015-RA de 27
- El recurrente denuncia que en su condición de víctima ante la emisión de la Sentencia
- I.1.2.Petitorio
- El recurrente solicita que se le conceda el recurso de casación y previa valoración de
- I.2.Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Desarrollado el juicio oral, la Jueza Segunda de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de
- c) Finalmente se rescata el testimonio del funcionario policial que se constituyó en el lugar
- d) Dudas que se incrementan más con los testimonios de descargo que ubican a los
- e) Por lo señalado, habiéndose generado en el Tribunal una duda razonable en su favor,
- f) En aplicación de lo preceptuado por el art
- II.2.De la apelación restringida
- Contra la precitada Sentencia, el acusador particular Jacinto Huacota Flores, presentó recurso de apelación restringida;
- b) En la inspección de visu y reconstrucción se estableció que el 4 de diciembre
- c) La prueba de descargo señaló simplemente que los agresores, en esa fecha se encontraban
- d) Lo señalado anteriormente, demuestra que no se realizó una correcta valoración de los elementos
- a) De la lectura del fallo se evidencia que hace mención a la prueba testifical
- b) Asimismo hace mención a la prueba documental de cargo, codificada como MP-4, MP-2, MP-3,
- d) Lo señalado demuestra que la inferior apreció y valoró las pruebas, conforme a las
- III.1.Identificación de los precedentes contradictorios invocados relativos a la debida motivación de los fallos judiciales
- El recurrente invocó como primer precedente contradictorio el Auto Supremo 183 de 6 de febrero
- También invocó el Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2004, que estableció en
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, máximo intérprete de la ‘legalidad’, cumple una
- Es evidente que el Supremo Tribunal de Justicia de la Nación ya ha establecido una
- Tiene la finalidad de precautelar el juzgamiento adecuado, justo, equitativo, oportuno, efectivo y eficaz de
- En ese orden, por mandato de lo preceptuado por el art
- Aunque la apreciación valorativa de las pruebas y las conclusiones fácticas (intangibilidad de la prueba
- Asimismo, en relación a las leyes de la psicología, el tribunal o juez tiene el
- En el ordenamiento jurídico boliviano, el sistema de valoración de la sana crítica, se encuentra
- Consiguientemente, ante la denuncia de errónea valoración de la prueba por la incorrecta aplicación de
- Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- III.3.Análisis del caso concreto
- Previo a ingresar al caso concreto, para fines pedagógicos, resulta necesario desglosar el motivo objeto
- Con la anterior precisión y analizados los motivos formulados por el recurrente en apelación restringida
- Consecuentemente; ‘En aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Con relación a la prueba consistente en la inspección in visu y reconstrucción, no se
- Con dichos fundamentos, los Vocales afirmaron que la Jueza de Sentencia valoró adecuadamente la prueba,
- De lo señalado, realizando una contrastación entre lo demandado y lo resuelto por el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
