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    Auto Supremo AS/0293/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0293/2016-RRC

    Fecha: 22-Abr-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de septiembre de 2015, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 01/2014 de 7 de enero (fs
    • b) Contra la referida Sentencia, la imputada Margarita Salazar Zenteno, formuló recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Del motivo del recurso
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 638/2015-RA de 26 de noviembre
    • I.1.2. Petitorio
    • En mérito a los argumentos expuestos en su recurso, la recurrente solicita la nulidad de
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 638/2015-RA de 26 de noviembre (fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • II.2. De la Sentencia
    • Además, que los testigos de cargo, manifestaron de manera uniforme sobre los hechos acaecidos el
    • La acusada interpuso apelación incidental contra el Auto que rechazó su incidente de actividad procesal
    • II.4. De la apelación restringida interpuesta por la acusada
    • II.5. Del Auto de Vista impugnado
    • En el caso presente, la parte imputada denuncia que el Auto de Vista no se
    • “La nulidad procesal, de manera general, significa castigar con ineficacia algún acto jurídico llevado a
    • En la legislación boliviana, el Código de Procedimiento Penal, en la primera parte (Parte General),
    • En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
    • Por otra parte, el art
    • El art. 170 del CPP, refiere: `Los defectos relativos quedarán convalidados en los siguientes casos
    • Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
    • El principio de protección, referido a que nadie puede solicitar la invalidez de un acto
    • El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
    • Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
    • En este marco doctrinal y jurisprudencial que antecede, entre otros aspectos se tiene que, las
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • La recurrente alega que, el Auto de Vista no se pronunció respecto de la falta
    • Ahora bien, corresponde a este Tribunal, realizar el control de legalidad sobre la actuación de
    • Ingresando al fondo, según informan los datos del proceso, se tiene que el 7 de
    • Posterior a ello, se evidencia que la recurrente, interpuso el recurso de apelación restringida, también
    • En la misma línea de entendimiento, la Sentencia Constitucional 110/2006-R, pronunciada por el Tribunal Constitucional
    • Es más, después de casi dos meses del Auto de Convocatoria a Juicio, la imputada
    • Consiguientemente, se constata que en el presente caso, es aplicable el principio de trascendencia, porque
    • Por lo que, este Tribunal no constata que la recurrente haya quedado en indefensión absoluta;
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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