Auto Supremo AS/0318/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis


Por Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de casación formulado por Lizardo Humberto Melgar Lera, para su análisis de fondo.

II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis del recurso, se establece lo siguiente:

II.1. De la Sentencia.

El Juez de Sentencia en lo Penal de Cobija-Pando, en el apartado “VI. FUNDAMENTACIÓN ANALÍTICA O INTELECTIVA”, señaló que no existe ningún elemento probatorio para considerar el hecho ilícito y la responsabilidad del acusado, máxime teniendo en cuenta que ambas partes simplemente se limitaron a presentar como medio de prueba un CD, el cual no tuviere ningún valor probatorio, en razón a que sería obtenido de manera ilegal debido a que no existe ninguna orden judicial o requerimiento fiscal para determinar que la prueba hubiere sido obtenido lícitamente que acredite su autenticidad, dejando constancia en la parte pertinente que ninguna de las partes del proceso plantearon excepción o incidente.

II.2.Recurso de apelación restringida.

Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Luis Gatty Ribeiro Roca formula recurso de apelación restringida, acusando al Juez de Sentencia de no haber valorado la prueba principal consistente en un CD, que contiene las noticias del canal 15 de televisión del 31 de marzo del 2015, introducida al juicio y judicializada por su exhibición, según las reglas previstas por el art. 13 del CPP, resultando falso que no haya existido prueba que amerite su valoración