Del recurso de casación y el Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, de fs
Del recurso de casación y el Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, de fs. 103 a 105, se tiene el siguiente motivo a ser analizado:
El recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido, bajo el argumento: “Debe tenerse en cuenta: uno, que si bien no se dice como se obtiene el CD, no se ve ningún acto de ilegalidad en su obtención, y dos que ambas partes ofrecen el mismo CD como prueba. En estas circunstancias no es indispensable la orden judicial, menos requerimiento fiscal”, habría resuelto anular la Sentencia absolutoria, sin considerar aspectos de formalidad; puesto que, conforme prevé el art. 363 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la Sentencia sería absolutoria cuando la prueba aportada no fuere suficiente, aspecto que habría sido considerado por el Juez de Sentencia; empero, el Tribunal de alzada no habría observado las disposiciones tendientes a garantizar la defensa de las partes; por cuanto, habría considerado que existía violación al debido proceso; toda vez, que a su criterio, el Tribunal de Sentencia habría excluido ilegalmente las pruebas de cargo signadas como A-13 y A-14; sin embargo, asevera el recurrente, que dichas pruebas incumplían con las formalidades previstas por los arts. 13, 71 y 172 del CPP; ya que, habrían sido obtenidas sin el correspondiente requerimiento fiscal, situación que considera, debió ser valorado por el Tribunal de apelación mediante un examen integral, pleno y completo, a cuyo efecto invoca, el Auto Supremo “251/12 de 17 de septiembre”, el cual establece, que la obtención de la prueba debería ser realizada mediante requerimiento fiscal, lo contrario significaría vulneración al debido proceso en su componente de fundamentación a las resoluciones judiciales
- Por memorial presentado el 3 de noviembre de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 9/2015 de 23 de julio (fs
- b) Contra la referida Sentencia, el acusador particular Luis Gatty Ribeiro Roca, formuló recurso de
- I.2. Del motivo del recurso de casación
- Del recurso de casación y el Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, de fs
- Citando a Carlos Muñoz Pope, agrega el recurrente, que el Ad quem, no valoró, que
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita: “REVOCAR EL AUTO DE VISTA DE FECHA 02 DE octubre DE 2015
- I.2. Admisión del recurso
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de análisis
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- En el presente caso, la parte imputada recurre en casación denunciando que el Tribunal de
- Conforme a lo dispuesto por el art
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso presente, la parte recurrente invoca como precedente, el Auto Supremo 251/2012 de
- En el caso de autos, el recurrente cuestiona la decisión del Tribunal de alzada de
- De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
