Auto Supremo AS/0318/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Del recurso de casación y el Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, de fs


Del recurso de casación y el Auto Supremo 765/2015-RA de 2 de diciembre, de fs. 103 a 105, se tiene el siguiente motivo a ser analizado:

El recurrente reclama que el Auto de Vista recurrido, bajo el argumento: “Debe tenerse en cuenta: uno, que si bien no se dice como se obtiene el CD, no se ve ningún acto de ilegalidad en su obtención, y dos que ambas partes ofrecen el mismo CD como prueba. En estas circunstancias no es indispensable la orden judicial, menos requerimiento fiscal”, habría resuelto anular la Sentencia absolutoria, sin considerar aspectos de formalidad; puesto que, conforme prevé el art. 363 del Código de Procedimiento Penal (CPP), la Sentencia sería absolutoria cuando la prueba aportada no fuere suficiente, aspecto que habría sido considerado por el Juez de Sentencia; empero, el Tribunal de alzada no habría observado las disposiciones tendientes a garantizar la defensa de las partes; por cuanto, habría considerado que existía violación al debido proceso; toda vez, que a su criterio, el Tribunal de Sentencia habría excluido ilegalmente las pruebas de cargo signadas como A-13 y A-14; sin embargo, asevera el recurrente, que dichas pruebas incumplían con las formalidades previstas por los arts. 13, 71 y 172 del CPP; ya que, habrían sido obtenidas sin el correspondiente requerimiento fiscal, situación que considera, debió ser valorado por el Tribunal de apelación mediante un examen integral, pleno y completo, a cuyo efecto invoca, el Auto Supremo “251/12 de 17 de septiembre”, el cual establece, que la obtención de la prueba debería ser realizada mediante requerimiento fiscal, lo contrario significaría vulneración al debido proceso en su componente de fundamentación a las resoluciones judiciales