Auto Supremo AS/0335/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

De lo que se infiere que el imputado Claudio Molina Arias, al haber adquirido no


De lo que se infiere que el imputado Claudio Molina Arias, al haber adquirido no solo la parte del inmueble de calle C. López, sino extrañamente la superficie de 100 Mts. 2, correspondiente al patio común, de la parte que supuestamente le correspondía al Sr, Gerardo Rodríguez Rivamontán, un año después que el mismo hubiera fallecido el 1987, haciendo protocolizar dicho documento conforme se evidencia por el Testimonio Nº 1018 recién el 4-X-91, (cuatro años después de su fallecimiento), estableciéndose por simple lógica como señala el acusador particular, que una persona fallecida no puede suscribir un documento de transferencia o realizar cualquier acto de la vida civil