Auto Supremo AS/0335/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

Posteriormente, por la misma prueba de cargo, se evidencia que el imputado Claudio Molina Arias


Posteriormente, por la misma prueba de cargo, se evidencia que el imputado Claudio Molina Arias y su esposa Judith Abasto Rossel (fallecida), en fecha 15-V-88, suscribieron un Documento de Transferencia de inmueble, con uno de los supuestos herederos Sr. Gerardo Rodríguez Rivamontán, propietario de una parte del inmueble ubicado en la calle C. López No. 125 de ésta ciudad, consistente en dos habitaciones y una parte de patio 100 Mts 2, que a esa fecha no tenía salida a la calle, protestando los compradores correr con los gastos para la apertura de la salida a la calle, señalando entre sus colindancias, (que interesa al caso sub lite), al Norte con la casa de Jaime Jesús Flores, al Sud con la calle nueva, etc., contando dicho documento con el respectivo reconocimiento de firmas y rúbricas, lo que llama la atención es que el vendedor en éste caso el Sr. Gerardo Rodríguez Rivamontán conforme su Certificado de Defunción falleció el 30-IX-87, por ‘Destrucción de masa abdominal’, comprobado por el Dr. Jaime Uribe O. evidenciado por la prueba literal de cargo, adquiriendo no solamente su parte, sino extrañamente la superficie de 100 Mts. 2, de patio, habiendo suscrito dicho documento con una persona que ya no existía