Auto Supremo AS/0342/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

ii


ii. Violación y errónea aplicación de la ley ya que no se acreditó que los hechos se subsuman al ilícito previsto en el art. 351 del CP, pues está demostrado que su persona nunca dejo de tener la posesión de la referida fábrica de yeso, ya que en el supuesto de desapoderamiento por la naturaleza de las maquinarias que se encuentran en la fábrica era imposible realizar el desmantelamiento en días ya que son prácticamente maquinas incrustadas a la tierra. De igual manera en ninguna parte se estableció que su persona haya irrumpido violentamente o hubiera hecho desocupar al supuesto cuidador requisito indispensable para la comisión del ilícito de Despojo, pues sólo se le condenó con supuestos, cuando en contrario ante la duda lo que correspondía por principio de favorabilidad era disponer su absolución