Auto Supremo AS/0345/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

1) Alega el recurrente que en su recurso de apelación restringida, reclamó errónea aplicación de


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 079/2016-RA de 10 de febrero, se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, sobre el cual este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido por los art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

1) Alega el recurrente que en su recurso de apelación restringida, reclamó errónea aplicación de la ley sustantiva por considerar inadecuada la labor de subsunción del hecho al tipo penal por el que fue condenado; puesto que, la Sentencia sostiene que el delito de Perturbación de Posesión constituye una infracción menor al Despojo; y, requiere que de por medio exista violencia y amenazas contra la persona que ejerce la posesión de un inmueble, en el presente caso, los querellantes están en posesión del primer y segundo piso; y, el acusado de la planta baja y los actos de perturbación se dieron cuando este último realizó un sahumerio al interior de su garzonier, lo que originó excesivo humo y provocó el miedo de un supuesto incendio, hecho que dio lugar a las agresiones verbales que se dieron luego, que constituyen actos de amedrentamiento y violencia verbal; por lo que, el Auto de Vista ahora impugnado, señaló que de lo previsto por el “art. 343 del CP” (sic), se entiende que estando ocupada la planta baja del inmueble por el procesado, éste incurrió en actos de violencia y amenazas contra los poseedores del inmueble; por cuanto, para dar materialidad al delito de Perturbación de Posesión, basta limitar la pacífica posesión del bien, tomando en cuenta que se realizaron actos de agresiones verbales, mismos que se tornaron en un ambiente conflictivo, lo cual demuestra que no hubo una convivencia armónica, esto en función a la resistencia del acusado en cuanto al arreglo del inmueble que sin ningún tipo de autorización realizaba cambios dentro del mismo