Auto Supremo AS/0345/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2016-RRC

Fecha: 21-Abr-2016

El Auto Supremo 308/2013-RRC de 22 de noviembre, que fue emitido dentro de un proceso


El Auto Supremo 308/2013-RRC de 22 de noviembre, que fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Daño Calificado y otros, en el que se denuncia que el Tribunal de alzada no cumplió la doctrina legal aplicable con relación al principio iura novit curia desconocimiento por el principio de congruencia, entendiéndose la relación entre el hecho (base fáctica) y la Sentencia, no respecto a la calificación jurídica establecida en las acusaciones para luego del desfile probatorio y análisis de la prueba, se realice la subsunción del hecho al tipo penal que corresponda, el que puede ser diferente al de la calificación jurídica provisional realizada por la acusación siempre que se trate de la misma familia de delitos; el Tribunal de Casación dispuso dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado por haberse aplicado contrariamente la doctrina legal llegando a establecer que:

“ Los tipos penales inmersos en la acusación son de carácter provisional, pudiendo el Tribunal de juicio cambiar su calificación, siempre y cuando esté relacionado a la misma familia de delitos, no siendo necesaria la advertencia al que hace referencia el Tribunal de alzada, ya que, como se juzgan hechos de ninguna manera se vulnera el derecho a la defensa.”

El precedente también invocado por el recurrente, no resulta ser aplicable al caso concreto, debido a que se dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, por haber aplicado contrariamente la doctrina legal sobre el principios iura novit curia y de congruencia, porque el Tribunal de juicio cambio la calificación del delito a pesar que se encontraba dentro de la misma familia de delitos, no siendo necesaria la advertencia al que hace referencia el Tribunal de alzada; toda vez, que se juzgan hechos y no delitos, temática diferente a la planteada en el recurso de casación, donde el cuestionamiento se circunscribe a la inobservancia de las reglas de congruencia entre la Sentencia y acusación, en la que se habrían introducido elementos nuevos, habiéndosele condenado por hechos no acusados; en consecuencia, no es posible efectuar una contrastación de su contenido con el motivo alegado en casación