Auto Supremo AS/0389/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2016

Fecha: 19-Abr-2016

Dentro de ese mismo contexto, corresponde referirnos al art

Dentro de ese mismo contexto, corresponde referirnos al art. 1066 del Código Civil que está referido a las modificaciones y pactos de las cargas y condiciones sobre la legitima sancionada con nulidad; en el primer parágrafo de la norma de referencia sanciona con nulidad cuando por disposición testamentaria se modifica o suprime la legitima de los herederos forzosos o se impongan cargas o condiciones sobre la misma. En el segundo parágrafo igualmente sanciona con nulidad todo contrato, celebrado antes de abrirse la sucesión, que modifique, suprima o imponga cargas o condiciones a la legítima de los herederos forzosos; la norma se refiere a los actos que tengan por objeto la modificación, supresión o impongan cargas o condiciones a la legitima, es decir, el contrato que se sanciona con nulidad es aquel en cuyo objeto se pacte sobre la legítima para su reforma, supresión o imposición de condiciones, empero, no importa una limitación al derecho que tiene el causante de realizar actos de disposición a título oneroso como es la compra venta facultado por el art. 584 con relación al 105.I del Código Civil